Cuidamos de Ti, servicios sociales da un paso más por satisfacer todas las necesidades que existen hoy en el mercado, poniendo a su disposición el servicio de Selección de Empleadas del Hogar, ya sean externas o internas.

Para realizar una  selección de personal, hay que ser Agencia de Colocación autorizada por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Cuidamos de Ti, servicios sociales es una Agencia de Colocación autorizada con  Nº 9900000299.

EMPLEADAS DEL HOGAR EXTERNAS

Las Empleadas del Hogar externas son aquellas empleadas que no pernoctan en el domicilio en el que trabajan. Este servicio es muy demandado, pues permite  realizar la totalidad de las tareas domésticas, cuidar de sus hijos o de sus mayores sin perder la intimidad dentro de su hogar.

Existen varios tipos de jornadas:

  • Parcial: menos de 8 horas diarias (entre 20 y 35 horas/semanales)
  • Completa: 8 horas diarias (40  horas/semanales)
  • Extendida: entre 8 y 12 horas/diarias

El salario dependerá, lógicamente, de las horas que realice la empleada.  Para saber el salario siempres nos guiaremos por lo  que marca el convenio de Las Empleadas del Hogar, aunque no siempre es el sueldo que se paga a la empleada, ya que depende también del lugar donde trabaje, las tareas que tenga que desarrollar y como esté marcado el mercado entre las Empleadas del Hogar.

 

¿Qué le ofrece Cuidamos de Ti?

  • Selección de personal
  • Realizamos toda la documentación (altas, bajas, variación de datos, escritos… en la Seguridad Social)
  • Cambio o sustitución del personal
  • Realización de nóminas, preavisos, liquidaciones…
  • Seguimiento y control del servicio

¿Cuáles son los derechos de una Empleada del Hogar?

  • Los permisos que establece el Estatuto de los Trabajadores ( horas para ir al médico, permisos por fallecimiento de un familiar, por casamiento, por embarazo…).
  •  Si come en el domicilio el tiempo suficiente para que lo hagar
  • 12 horas de descanso entre una jornada y otra.
  • 1 mes de vacaciones pagados (15 días los elige el empleador y otros 15 días la empleada si no hay acuerdo entre las partes)
  • Descansarán los 14 festivos anuales o si trabajan los cobrarán extras (dependiendo de las horas que realicen entre  20-40 euros)
  • El fin del contrato se avisará con 7 días de antelación si la empleada no lleva trabajado un año y con 20 días de antelación si lleva más de un año.
  • 12 días de indemnización por año trabajado  con un máximo de seis mensualidades.
  • 1 MENSUALIDAD de indemnización si fallece el empleador con independencia del tiempo que haya trabajado la empleada.

¿Qué ocurre si la trabajadora se queda de baja?

  • Si la baja es por enfermedad común, a la empleada le tendría que pagar el 60% de la base de cotización del 4º al 8º día. A partir del noveno día el empleador pagará la cuota de la seguridad social hasta que  le den el alta, pero el sueldo se lo paga la seguridad social
  • Si la baja es por accidente laboral, la empleada cobraría de la mutua el 75% de la base de cotización desde el primer día y  el empleador pagaría la cuota de la seguridad social hasta que le den el alta.
Consúltenos sin compromiso, hablaremos  y le ofreceremos el personal que más se ajuste a sus necesidades”.

 

EMPLEADAS DEL HOGAR INTERNAS

Las Empleadas del Hogar internas son aquellas que pernoctan en el domicilio donde trabajan, es decir están las 24 horas en el domicilio, cubriendo todas las necesidades que tenga el empleador en el domicilio, desde limpieza, cocina, cuidado de niños o personas mayores, colada, plancha, acompañamiento a los médicos….

El salario de una Empleada del Hogar interna, depende de las tareas que tenga que desempeñar, el lugar dónde sea, si tiene que cuidar enfermos o no, si el enfermo duerme por las noches o no….

¿Qué le ofrece Cuidamos de Ti?

  • Selección de personal
  • Realizamos toda la documentación (altas, bajas, variación de datos, escritos… en la Seguridad Social)
  • Cambio o sustitución del personal
  • Realización de nóminas, preavisos, liquidaciones…
  • Seguimiento y control del servicio

¿Cuáles son los derechos de una Empleada del Hogar?

  • Los permisos que establece el Estatuto de los Trabajadores ( horas para ir al médico, permisos por fallecimiento de un familiar, por casamiento, por embarazo…)
  •  El tiempo suficiente para que coma en el domicilio
  • 10 horas de descanso entre una jornada y otra.
  • 1 mes de vacaciones pagados (15 días los elige el empleador y otros 15 días la empleada si no hay acuerdo entre las partes)
  • Descansarán los 14 festivos anuales o si trabajan cobrarán 30 euros/día trabajado.
  • El fin del contrato se avisará con 7 días de antelación si la empleada no lleva trabajado un año y con 20 días de antelación si lleva más de un año.
  • 12 días de indemnización por año trabajado  con un máximo de seis mensualidades.
  • 1 MENSUALIDAD de indemnización si fallece el empleador independientemente del tiempo que lleve trabajando la Empleada del Hogar.

¿Qué ocurre si la trabajadora se queda de baja?

  • Si la baja es por enfermedad común, a la empleada le tendría que pagar el 60% de la base de cotización del 4º al 8º día. A partir del noveno día el empleador pagará la cuota de la seguridad social hasta que  le den el alta, pero el sueldo se lo paga la seguridad social
  • Si la baja es por accidente laboral, la empleada cobraría de la mutua el 75% de la base de cotización desde el primer día y  el empleador pagaría la cuota de la seguridad social hasta que le den el alta.
Consúltenos sin compromiso, hablaremos  y le ofreceremos el personal que más se ajuste a sus necesidades”.